La derogación de la Ley 23.947 (Estatuto del Peluquero) en este 2026 representa el cambio más profundo en la historia del oficio en Argentina. Pasamos de un sistema de «protección de nicho» a un esquema de libertad de mercado y contratación general.
Aquí te explico qué se perdió, qué cambió y cómo afecta tanto a dueños como a empleados:
1. El fin de la Rigidez de Horarios
El Estatuto del Peluquero era famoso por imponer descansos que hoy chocaban con la realidad de los centros comerciales y el consumo moderno.
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Antes: El descanso semanal era obligatorio los sábados después de las 13:00 y los domingos. Si se trabajaba el sábado tarde, el lunes debía ser franco obligatorio («El lunes del peluquero»).
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Ahora: Los horarios se pactan libremente. Las peluquerías pueden abrir de domingo a domingo sin restricciones legales específicas, compensando los francos según la Ley de Contrato de Trabajo general o acuerdos individuales.
2. Eliminación de las Categorías Técnicas
La Ley 23.947 obligaba a una escala jerárquica estricta que definía salarios y tareas:
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Antes: Existían niveles rígidos de Oficial, Medio Oficial y Ayudante. Un empleado no podía saltar de tarea sin un cambio de categoría legal.
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Ahora: Prima la multifuncionalidad. Un estilista puede realizar cobros, ventas o tareas de recepción sin que eso genere un conflicto por «encuadre convencional», facilitando equipos más chicos y ágiles.
3. Desregulación de la Matrícula (Libertad de Oficio)
Uno de los puntos más polémicos de la reforma 2026 es el fin del control institucional sobre quién puede trabajar.
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Antes: Se requería un «Director Técnico» matriculado para habilitar un local y el personal debía estar registrado bajo las normativas del colegio o asociación local.
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Ahora: La matrícula es voluntaria. El dueño de un salón puede contratar a alguien basándose en su porfolio o una prueba técnica. El Estado ya no exige un «cartón habilitante» obligatorio para permitir el ejercicio del oficio.
Comparativa: ¿Quién gana y quién pierde?
| Aspecto | Con el Estatuto (Ley 23.947) | Régimen Actual (2026) |
| Horarios | Rígidos (Lunes cerrado por ley) | Flexibles (Acuerdo entre partes) |
| Categorías | Escalafón fijo por antigüedad/tarea | Basado en productividad y multifunción |
| Indemnización | Régimen tradicional LCT | Posibilidad de «Fondo de Cese» (según convenio) |
| Contratación | Empleo registrado tradicional | Figura del «Colaborador Independiente» |
4. El impacto en la «Figura del Colaborador»
Con la caída del estatuto y las nuevas reformas, ha crecido la figura del trabajador independiente con aporte propio (Monotributo).
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Los dueños de salones ahora pueden tener hasta 3 colaboradores que facturan sus propios servicios, compartiendo el espacio sin que el dueño corra los riesgos de los antiguos juicios por «relación de dependencia encubierta» que facilitaba el estatuto anterior.
Nota importante: Aunque el Estatuto (Ley 23.947) se derogó, sigue vigente la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) para quienes están en blanco, por lo que los derechos básicos (vacaciones, aguinaldo, ART) no desaparecen, solo se vuelven «generales» como los de cualquier otro trabajador de comercio.