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No hay una ley nacional que regule el ejercicio de la cosmetología o la estética en Argentina. Lo que existe son leyes provinciales, y solo en algunas provincias.

A nivel nacional

  • Hay proyectos de ley presentados en Diputados. Por ejemplo, el expediente 5266-D-2022 regularía cosmetología, cosmiatría, estética corporal y masoterapia. Ninguno se convirtió en ley.
  • Los propios fundamentos del proyecto hablan de un «vacío legal» que deja sin marco a más de 400.000 profesionales. El texto invita a las provincias y a CABA a adherirse, así que aunque se aprobara no reemplazaría las leyes provinciales.

A nivel provincial (las que pude confirmar)

  • Santa Fe – Ley 13.454 (2014): regula la cosmetología facial y corporal y obliga a colegiarse para ejercer.
  • Chubut – Ley X-66 (2018): define la cosmetología, la cosmiatría y la estética corporal como «actividad de colaboración de la medicina y la odontología». Fija requisitos de habilitación, derechos, obligaciones y prohibiciones.
  • En otras provincias, como Mendoza, hubo iniciativas legislativas, pero no confirmé que estén vigentes.

En la práctica

  • Donde no hay ley específica, no hace falta una matrícula profesional para ejercer. Lo que sí se exige es la habilitación municipal del local y cumplir las normas sanitarias. En CABA, por ejemplo, la habilitación de centros de estética es un trámite comercial.
  • Hay un límite en todo el país: los procedimientos invasivos (inyectables, algunos láseres, peelings profundos) quedan reservados a médicos.

Para ejercer en un lugar concreto, conviene revisar la ley de esa provincia y la ordenanza municipal. Si me decís la provincia, lo busco.

Fuentes: