Informalidad laboral en la peluquería: el problema que nadie mide y nadie controla
En la peluquería argentina conviven el empleado registrado bajo convenio, el que cobra a comisión sin recibo, el monotributista que trabaja con horario fijo para un solo salón, el que alquila un sillón y el que directamente trabaja en negro. Es un secreto a voces que la informalidad es alta. Pero cuando se buscan los números, aparece lo mismo que en otros temas del rubro: nadie la mide. Y cuando se buscan los controles, aparece un Estado que se retira y unas instituciones que no se hacen cargo.
¿El rubro más irregular? Los datos no alcanzan para decirlo
Según el INDEC (Encuesta Permanente de Hogares, cuarto trimestre de 2024), el 42% de los ocupados del país trabaja en la informalidad. Las ramas con las tasas más altas son el servicio doméstico (77,0%) y la construcción (76,6%), seguidas por hoteles y restaurantes (63,2%) y comercio (51,9%). La peluquería no figura por separado: queda dentro de «otras ramas», un grupo que mezcla transporte, finanzas, administración pública y servicios personales, con una tasa conjunta de 30,4%. Con esos datos no se puede afirmar que la peluquería sea el rubro con más irregularidades. Tampoco se puede descartar. Simplemente no se sabe.
Lo que sí hay son indicios:
- Trabajo independiente como regla. En «Asociaciones y servicios personales», la categoría del registro formal que incluye peluquería, el 69,8% de las ocupaciones formales es monotributo, contra 29,1% en el total del país (ARCA y SRT, vía La Nación, 2026). Es trabajo registrado, pero sin aguinaldo, vacaciones pagas ni ART.
- Un dato viejo que nadie actualizó. En 1998, el titular del Sindicato de Peluqueros estimó en La Nación que el 40% de los trabajadores del rubro estaba en negro. Es el último número específico que encontré, y tiene casi 30 años.
- La brecha de ingresos. Según iProfesional (junio de 2026), los asalariados no registrados ganan hasta 57% menos que los registrados, además de perder aguinaldo, vacaciones y cobertura de salud.
Las formas de trabajar en un salón (y sus riesgos)
Empleado registrado. Es la forma que prevén los convenios colectivos 730/15 (peluquerías unisex) y 734/15 (damas). Da derechos al trabajador y seguridad jurídica al salón, pero es la más cara, y muchos microemprendimientos de una a tres personas dicen no poder sostenerla.
Comisión sin registro. Es muy común y es trabajo no registrado, lo llamen como lo llamen. El trabajador no tiene aportes ni cobertura, y el salón acumula una deuda que puede aparecer entera en un juicio.
Monotributista «exclusivo». Factura como independiente, pero cumple horario, usa los insumos del salón y trabaja solo para él. Si los hechos muestran subordinación, un juez puede considerarlo una relación de dependencia encubierta.
Alquiler de sillón. Puede ser una relación comercial legítima entre independientes, siempre que el profesional tenga su propia clientela, fije sus precios y organice su agenda. Como se analizó en otra nota de este sitio, la línea con la dependencia es fina.
La informalidad no protege a nadie, tampoco al empleador. Claudio Cerini, dueño de una cadena de nueve salones, dijo a El Cronista en 2025 que «las demandas laborales suelen ser desproporcionadas y golpean a muchos salones». Esa conflictividad es, en buena parte, la otra cara de las relaciones mal registradas: lo que se ahorra hoy se puede pagar, con intereses, en un juicio.
Qué cambia en 2026-2027
Un nuevo blanqueo. La Ley de Modernización Laboral (Ley 27.802) y el Decreto 409/2026 crearon el Régimen de Promoción del Empleo Registrado. Permite regularizar relaciones laborales iniciadas antes del 6 de marzo de 2026, con condonación de hasta el 90% de la deuda por aportes y contribuciones para micro y pequeñas empresas, y la baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL). El antecedente no es alentador: según El Cronista, el blanqueo de 2024 alcanzó a unos 16.700 trabajadores, cerca del 0,3% de los no registrados estimados.
El fin del Estatuto. El Estatuto del Peluquero (Ley 23.947) rige hasta el 31 de diciembre de 2026. Desde el 1.º de enero de 2027, el rubro queda bajo el régimen general de la Ley de Contrato de Trabajo, y los convenios deberán adaptarse. Registrar a un trabajador sigue siendo obligatorio con cualquier régimen.
Menos inspección, más «persuasión». Según El Destape (mayo de 2026), que cita a un funcionario sin identificar, la Secretaría de Trabajo reemplazó el Plan Nacional de Regularización del Trabajo por un programa que prevé al menos cuatro «visitas de cortesía» antes de sancionar. No encontré la norma oficial. Si se confirma, en un rubro atomizado como la peluquería la probabilidad de un control efectivo, que ya era baja, será todavía menor.
¿Y las instituciones de la peluquería?
Los sindicatos negocian y publican escalas salariales, y tienen obra social. Pero no encontré que ninguna institución del sector, sindical o empresaria, publique cuántos trabajadores están registrados, cuántos son monotributistas o cuántos trabajan en negro. Tampoco campañas propias de regularización ni asesoramiento público sobre el blanqueo vigente. En un rubro donde el Estado controla poco, esa ausencia deja a cada salón y a cada trabajador negociando solos, con información desigual y mucho riesgo para las dos partes.
Qué puede hacer un salón
- Revisar con un contador si puede adherir al Régimen de Promoción del Empleo Registrado y cuál es el plazo vigente.
- Poner por escrito cada relación: empleo, locación de sillón o servicios independientes, con condiciones que coincidan con la realidad.
- Consultar a un abogado laboralista antes de 2027, cuando cambien las reglas del Estatuto y los convenios.
- Incluir el costo del registro en el precio, en lugar de competir contra la informalidad con más informalidad.
Un rubro que no se cuenta a sí mismo
La lectura editorial es esta: no sabemos si la peluquería es el rubro más informal del país, y eso ya es parte del problema. Un oficio con decenas de miles de trabajadores no tiene un solo dato público y actualizado sobre cuántos están registrados. El Estado lo mide dentro de una categoría que lo diluye, relaja los controles y ofrece blanqueos que casi nadie usa. Las instituciones del sector no llenan ese vacío. Mientras tanto, la informalidad sigue haciendo lo mismo de siempre: baja el costo hoy y traslada el riesgo al futuro del trabajador, que se queda sin jubilación ni cobertura, y del salón, que puede terminar en un juicio.
Fuentes
- INDEC, «Mercado de trabajo. Indicadores de informalidad laboral (EPH)», cuarto trimestre de 2024.
- iProfesional, «Empleo en negro: cuáles son los sectores con más trabajo informal y cuánto cae el salario» (01/06/2026).
- La Nación, «Rubro por rubro: aumentan los monotributistas en el mercado laboral» (datos de ARCA y SRT, 2026).
- La Nación (1998), declaraciones del titular del Sindicato de Peluqueros sobre trabajo no registrado.
- El Cronista, entrevista a Claudio Cerini (12/08/2025).
- El Cronista, «Blanqueo laboral: ahora las pymes pueden registrar empleados en negro y condonar hasta el 90% de la deuda» (01/06/2026; Ley 27.802 y Decreto 409/2026).
- El Destape, «Empleo en negro: cambian inspecciones por cuatro ‘visitas de cortesía’ y promoción de la reforma» (mayo de 2026; fuente anónima).
- iProfesional y Microjuris, sobre la derogación del Estatuto del Peluquero desde el 01/01/2027.
- www.rodolfourrea.com: nota sobre el sindicato de peluquería (25/02/2026) y editorial sobre el alquiler de sillón.
www.rodolfourrea.com