Acá hay que separar dos escenarios bien distintos, porque no es lo mismo desde el punto de vista legal:
Escenario 1: Vender un certificado privado siendo transparente sobre eso
Esto no es ilegal. Como vimos antes, en Argentina cualquier academia puede emitir certificados de finalización de curso sin que eso constituya delito, siempre que no se presente como algo que no es. Es equivalente a un certificado de un curso corporativo o un taller: tiene valor comercial, no oficial, y eso está permitido.
Escenario 2: Vender un certificado haciéndolo pasar por algo que no es
Acá sí aparecen figuras legales concretas, y son varias, que pueden concurrir:
- Estafa (art. 172, Código Penal): si hay «ardid o engaño» que lleva a alguien a pagar dinero creyendo que obtiene algo con un valor o validez que en realidad no tiene, y sufre un perjuicio patrimonial por eso. Pena de 1 mes a 6 años de prisión.
- Falsificación de documentos (arts. 292 y siguientes, Código Penal): si el certificado imita sellos, membretes, formatos o referencias a organismos oficiales (Ministerio de Educación, por ejemplo) para simular ser un documento público o con reconocimiento estatal que no tiene. Esto es lo que se está viendo hoy en varias causas judiciales activas en el país: redes que venden títulos «apócrifos» con apariencia de oficialidad por sumas de entre $80.000 y $190.000, y que están siendo investigadas específicamente por esta figura combinada con estafa.
- Uso de documento falso (art. 296, Código Penal): aplica no solo a quien fabrica el documento trucho, sino a quien luego lo usa a sabiendas de que es falso —por ejemplo, un peluquero que presenta ese diploma para conseguir trabajo o clientes sabiendo que es apócrifo.
- Publicidad engañosa (Ley de Defensa del Consumidor 24.240 y Ley de Lealtad Comercial 22.802): en el plano civil/administrativo, si se publicita el certificado con información falsa sobre su validez, eso también puede derivar en sanciones por parte de Defensa del Consumidor, más allá de la vía penal.
La línea divisoria, en síntesis
Lo que define si hay delito no es que el certificado carezca de validez oficial —eso es legal y común— sino si se miente sobre esa validez para inducir a error y obtener un beneficio (venta) a costa del engaño. Un certificado honesto («certificado de asistencia, sin validez oficial») es lícito; el mismo certificado vendido como si tuviera reconocimiento estatal que no tiene, cruza a estafa y/o falsificación documental.