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No hay una ley que regule al masajista como oficio propio. Lo que está regulado es el masaje con fines terapéuticos, y ese queda reservado a los kinesiólogos.

Qué dice la norma

  • Ley 24.317 (1994), de kinesiología y fisioterapia: solo pueden ejercer quienes tienen título universitario y matrícula (art. 5). El art. 6 prohíbe que cualquier otra persona realice esas actividades y remite al art. 208 del Código Penal, que castiga el ejercicio ilegal de la medicina.
  • Decreto reglamentario 1288/97: define la kinesiterapia e incluye expresamente las «técnicas de masaje, movilización, vibración, percusión».
  • Esta ley rige en jurisdicción nacional (la ex Capital Federal). Cada provincia tiene su propia ley de kinesiología, con un criterio similar.

Qué significa en la práctica

  • Si el masaje es para tratar una lesión, rehabilitar o aliviar un dolor, es un acto de salud: sin título de kinesiólogo, es ejercicio ilegal.
  • El masaje de relajación o el estético, como el que se hace en spas o centros de estética, queda en una zona gris. No tiene ley específica, no pide matrícula y en general se tolera mientras no se presente como terapéutico. Los cursos de «masoterapia» dan certificados, pero no habilitan a ejercer como profesional de la salud.
  • El proyecto nacional 5266-D-2022, el mismo de la placa, incluía la masoterapia, pero nunca se aprobó.

No encontré una ley provincial vigente dedicada a los masajistas. Si querés, reviso una provincia en particular.

Fuentes: