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1. Ley nacional 24.317 (1994), Ejercicio de la Kinesiología y Fisioterapia

  • Rige solo en la Ciudad de Buenos Aires (art. 1). Cada provincia tiene su propia ley.
  • El artículo clave es el 6: «Queda prohibido a toda persona que no esté comprendida en la presente ley participar en las actividades o realizar las acciones que en la misma se determinan». Quien lo viole incurre en el art. 208 del Código Penal (ejercicio ilegal de la medicina).

2. Decreto reglamentario 1288/97, art. 3

Es donde aparece el masaje como incumbencia del kinesiólogo:

  • Kinesiterapia: «Técnicas de Masaje, Movilización, Vibración, Percusión, Reeducación, Maniobras y Manipulaciones».
  • Kinefilaxia: «Masaje y Gimnasia higiénica y estética…».

Sumado al art. 6, el razonamiento de los colegios es este: el masaje, incluso el estético, es una actividad kinésica. Por lo tanto, quien lo hace sin título y matrícula ejerce ilegalmente.

3. Provincia de Buenos Aires, Ley 10.392 (Colegio de Kinesiólogos)

  • El art. 14 incluye «masajes, vibromasaje manual, vibración, percusión…» y la kinefilaxia («el masaje y la gimnasia higiénica y estética»).
  • El art. 19 inc. i obliga a los matriculados a denunciar el ejercicio ilegal ante el Colegio.

Mirada crítica (importante para tu web)

  • El art. 208 del Código Penal castiga aplicar medios «destinados al tratamiento de las enfermedades». Para el masaje de relajación o estético sin fin terapéutico, la aplicación penal es discutible. Es una zona gris, no una prohibición clara. No encontré jurisprudencia que la cierre, así que no afirmo que exista un criterio firme.
  • No hay una ley nacional que regule la profesión de masajista. Agrupaciones como Terapeutas Corporales de Argentina piden una desde hace unos 15 años y denuncian que algunos colegios de kinesiólogos los persiguieron (El Esquiú, diciembre de 2025).
  • En la práctica, el riesgo legal crece cuando el masajista ofrece o anuncia tratamientos: «contracturas», «lesiones», «rehabilitación», «drenaje terapéutico».

Fuentes: